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Desaparece el permiso de conducir BTP (taxis, abulancias…)

A partir del 1 de enero de 2016, se suprime el permiso de conducir de la clase BTP, exigido hasta ahora para taxis, ambulancias y otros vehículos de emergencia y escolares.

 

A partir del 1 de enero de 2016, el permiso de conducir BTP, solo existente en España y con validez exclusivamente en el territorio nacional, se suprime para adaptarse a las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de Conducción, común en los 28 estados de la Unión. El motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP podrán conducirse con otras categorías ya recogidas en el Permiso Único Comunitario, a partir de la entrada en vigor de la modificación reglamentaria.

El actual permiso de conducir BTP autoriza “a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg y su número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve”.

Los titulares del BTP podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se les requería, con independencia de que deban cumplir los requisitos establecidos en las normas sectoriales, a la vez que no necesitarán modificar su permiso de conducción por uno nuevo; simplemente cuando renueven el permiso de la categoría B, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP.

Los titulares de este permiso podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se requería el BTP, con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios (taxis, ambulancias, policías…), siempre que mantengan en vigor la categoría del permiso de conducción exigida en función del vehículos de que se trate. Asimismo, dichos titulares continuarán con el mismo permiso de conducción, en el que figura la categoría BTP, hasta que les caduque el permiso de la categoría B. Cuando lo renueven, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP. La supresión de esta clase de permiso quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores, a través de la publicación en el BOE de un Real Decreto que incluya dicha modificación e incorpore a nuestro ordenamiento la Directiva 2014/85/UE sobre el permiso de conducción y cuya fecha límite para trasponerla es el 31 de diciembre de 2015. Actualmente, dicha supresión está tramitándose. Sólo falta el dictamen del Consejo de Estado y su posterior publicación en el BOE, pero la relevancia que para determinados sectores supone la eliminación de este permiso, requiere de su difusión anticipada.

 

 

Fuente:
Nota DGT: Desaparece el PERMISO BTP

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